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Normativas 2026-09-21 · Tplus Industrial

Certificación ISP de EPP: cómo verificar un equipo en Chile

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Certificación ISP de EPP: cómo verificar un equipo en Chile

El Instituto de Salud Pública no certifica elementos de protección personal. Autoriza a quienes los certifican, y fiscaliza que lo hagan bien. La confusión es constante y tiene consecuencias prácticas: una carpeta llena de “certificados ISP” que nadie emitió no acredita nada en una fiscalización.

El artículo 3 del DS 18 de 1982 del Ministerio de Salud lo dice con precisión: el ISP, a través de su Departamento de Salud Ocupacional, es el organismo oficial encargado de autorizar, controlar y fiscalizar a las instituciones, laboratorios y establecimientos que se interesen en prestar servicios de control de calidad de equipos, aparatos y elementos de protección personal. Quien firma el certificado es esa entidad autorizada, no el Instituto.

Cuatro textos sostienen la exigencia. Conviene tenerlos identificados porque cada uno cubre una pieza distinta y ninguno reemplaza al otro.

DS 18 de 1982 (MINSAL). Es la norma raíz. Su artículo 1 establece que los aparatos, equipos y elementos de protección personal contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se utilicen o comercialicen en el país, sean de procedencia nacional o extranjera, deben cumplir con las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos según su naturaleza. El artículo 2 extiende la obligación a quienes fabrican, importan, comercializan o utilizan esos equipos: todos deben controlar su calidad en instituciones autorizadas. El artículo 4 fija contra qué se ensaya: las especificaciones de las normas oficiales y, a falta de éstas, las normas que apruebe el Ministerio de Salud a proposición del ISP.

DS 173 de 1982 (MINSAL). Reglamenta la autorización de los laboratorios que certifican la calidad de EPP, y es de donde sale la definición que todavía se usa: equipos, aparatos o dispositivos especialmente proyectados y fabricados para preservar el cuerpo humano, en todo o en parte, de riesgos específicos de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.

DS 594, artículo 54. Conecta la obligación con el reglamento sanitario general y abre la segunda vía. El texto vigente, modificado por el Decreto 123 de 2015, señala que los elementos de protección personal usados en los lugares de trabajo, sean de procedencia nacional o extranjera, deben cumplir con las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos según su naturaleza, de conformidad al DS 18 de 1982; y agrega que si no fuese posible aplicar dicho procedimiento por la inexistencia de entidades certificadoras, el Instituto de Salud Pública podrá, transitoriamente, validar la certificación de origen.

DS 44 de 2024, artículo 13. Es la novedad y la que cambia el tono de la fiscalización. Vigente desde el 1 de febrero de 2025, exige que la entidad empleadora cuente con un procedimiento de utilización, mantenimiento, reposición y recambio de EPP, y cierra con una frase sin ambigüedad: tales elementos y equipos deberán cumplir con las normas vigentes de certificación de calidad o encontrarse registrados en el Instituto de Salud Pública de Chile. El mismo artículo agrega un programa de capacitación de al menos una hora cronológica, reforzado anualmente y cada vez que ingresa una persona nueva.

Esa disyuntiva del artículo 13 resume todo el sistema: certificado nacional o registro en el ISP. No hay una tercera opción.

Solo hay dos caminos válidos, y cuál corresponde no lo elige el proveedor

La vía no se negocia ni depende de lo que sea más cómodo de conseguir. Depende de si existe en Chile una entidad autorizada para certificar ese EPP en particular.

Certificación nacionalRegistro en el RFI
Documento que acreditaCertificado de ConformidadResolución de incorporación al RFI
Quién lo emiteEntidad autorizada por el ISPEl propio ISP
Cuándo aplicaCuando existe entidad autorizada para ese EPPCuando no existe entidad autorizada en el país
Base legalDS 18/1982 y DS 173/1982DS 594 artículo 54 y Res. Ex. 45/2023 del ISP
VigenciaSegún la resolución de autorización de la entidadTres años desde la resolución, renovable
Dónde se verificaNómina de entidades autorizadas del ISPBuscador de EPP registrados del ISP

El Registro de Fabricantes e Importadores no es un atajo ni una versión menor de la certificación. Es el mecanismo formal con el que el ISP reconoce la certificación de origen de un producto extranjero cuando en Chile nadie puede ensayarlo. La guía del ISP lo define exactamente así, y la incorporación se tramita en línea por la plataforma del Instituto con la documentación de certificación, origen y trazabilidad del producto.

Lo que realmente se puede certificar en Chile

Acá está el dato que cambia la conversación con un proveedor. La nómina de instituciones, laboratorios y establecimientos autorizados por el ISP, actualizada al 1 de julio de 2026, tiene cuatro entidades, y el alcance de cada una está acotado a normas chilenas específicas.

Entidad autorizadaAlcance de su autorización
CESMEC S.A.Calzado de seguridad de uso general (NCh 772/1), calzado antiestático (NCh 2147/1), calzado aislante para tensiones inferiores a 600 V (NCh 2147/2), calzado de goma (NCh 1796 y NCh 1797), resistencia de plantas a hidrocarburos (NCh 1351/2), guantes de protección (NCh 1252/1), ropa para soldadores (NCh 1805), cascos de protección de uso industrial (NCh 461)
CALTEX Ltda.Calzado de seguridad de uso general (NCh 772/1), calzado aislante bajo 600 V (NCh 2147/2), resistencia de plantas a hidrocarburos (NCh 1351/2), guantes de protección (NCh 1252/1), ropa para soldadores (NCh 1805), ropa de protección contra radiación ultravioleta solar (NCh 3273)
Laboratorio de Higiene Industrial de la ACHSProtectores auditivos tipo tapón (NCh 1331/2)
Lenor Chile SpACascos de protección de uso industrial (NCh 461), calzado de seguridad de uso general (NCh 772/1), calzado antiestático (NCh 2147/1), calzado aislante bajo 600 V (NCh 2147/2), calzado semiconductor (NCh 2147/3), resistencia de plantas a hidrocarburos (NCh 1351/2)

Sumadas las cuatro, el universo certificable dentro de Chile son seis familias: calzado de seguridad, guantes de cuero y textiles, ropa de soldador, ropa contra radiación UV solar, cascos industriales y tapones auditivos.

Todo lo demás se acredita por RFI. Eso incluye equipos que en faena son cotidianos y que además pertenecen a la Categoría III, la de riesgos con consecuencia de muerte o daño irreversible:

  • Sistemas personales para detención de caídas completos: arneses, estrobos, amortiguadores, retráctiles, líneas de vida y conectores.
  • Protección respiratoria en todas sus formas: piezas faciales con filtro, mascarillas autofiltrantes, equipos PAPR, línea de aire y autorrescatadores.
  • Protección ocular y facial: anteojos, antiparras, pantallas y filtros de soldadura.
  • Orejeras, incluidas las acopladas a casco.
  • Guantes dieléctricos, químicos y contra riesgo térmico.
  • Ropa contra arco eléctrico, contra llama y contra agentes químicos.

La propia guía del ISP reconoce el vacío: en el país no hay organismos capaces de certificar sistemas personales de detención de caídas ni equipos de protección respiratoria, y el RFI existe precisamente para cubrirlo. Si un proveedor ofrece un “certificado nacional” de un arnés o de un respirador, el documento no puede ser lo que dice ser.

Cómo se verifica, paso a paso

La verificación no consiste en mirar la etiqueta. Consiste en cerrar el círculo entre el producto físico, el papel y el registro público.

Uno. Identificar marca y modelo exactos. La certificación se otorga a un modelo determinado. Un fabricante puede tener un modelo certificado y otro casi idéntico que no lo está, y la diferencia suele ser un sufijo en el código.

Dos. Determinar la vía que corresponde. Con la tabla de arriba: si el EPP es calzado, guante de cuero o textil, ropa de soldador, ropa UV, casco o tapón auditivo, corresponde certificado nacional. Si es cualquier otra cosa, corresponde RFI.

Tres. Pedir el documento, no el respaldo comercial. Certificado de Conformidad emitido por la entidad autorizada, o la resolución del ISP de incorporación al RFI. Una declaración del fabricante, un informe de ensayo suelto, un catálogo con logos o una ficha técnica no son ninguno de los dos.

Cuatro. Contrastarlo contra el listado público. El ISP mantiene un buscador de EPP con registro vigente en el RFI y publica la nómina de entidades autorizadas. Coinciden marca, modelo y número de resolución, o no coinciden. Esta es la única comprobación que no depende de la buena fe del vendedor.

Cinco. Revisar marcado y folleto informativo. El DS 18 obliga a que el EPP certificado por una entidad autorizada lleve un sello indeleble que identifique a la entidad certificadora. La guía del ISP agrega el folleto informativo en español, con instrucciones de uso, ajuste, mantención, limpieza, clase o nivel de protección, limitaciones, advertencias, criterios de sustitución, vida útil y condiciones de almacenamiento. Puede venir impreso o por código QR, pero tiene que existir y estar en español.

Seis. Archivar todo junto. Certificado o resolución, folleto y antecedentes de compra: factura, orden de compra y guía de despacho. La guía del ISP es explícita en que esos documentos son los que permiten la trazabilidad ante la supervisión interna y ante las autoridades fiscalizadoras.

Las señales que delatan un respaldo que no sirve

Ninguna de estas es concluyente por sí sola, pero cada una obliga a pedir el documento real antes de recibir la carga.

  • Un certificado emitido por una entidad que no está en la nómina del ISP. Ser un laboratorio acreditado para otra cosa no habilita para certificar EPP.
  • Un certificado nacional de un EPP que en Chile nadie puede certificar. Arnés, respirador, orejera, lente, guante dieléctrico y ropa de arco eléctrico entran acá.
  • El documento nombra la marca pero no el modelo. La certificación es por modelo ensayado.
  • La resolución del RFI está vencida. Tres años desde su fecha, renovables, pero la renovación hay que haberla tramitado.
  • El modelo cambió y el papel no. Un rediseño del fabricante, un cambio de planta o un cambio de material dejan sin cobertura al documento anterior.
  • No hay folleto informativo en español. Es exigencia expresa de la guía del ISP y es lo primero que falta cuando el producto entró sin el respaldo completo.
  • El proveedor ofrece “el certificado” recién cuando se lo piden por escrito. Quien tiene la documentación en orden la entrega con la cotización.

Qué pasa si el EPP no está certificado ni registrado

El efecto no es una multa automática. Es quedarse sin forma de acreditar cumplimiento en tres frentes a la vez.

Ante la fiscalización. La SEREMI de Salud y la Dirección del Trabajo revisan el programa de EPP contra el DS 594 y, desde febrero de 2025, contra el DS 44. El formulario de evaluación que el propio ISP publicó en su guía pregunta de manera directa si los EPP seleccionados han sido certificados en el país o poseen registro ISP, y si la empresa mantiene a resguardo el certificado o la resolución. La respuesta es sí o no.

Ante el mandante. En minería y en obra civil, la homologación de contratistas pide el respaldo documental por modelo. Un equipo sin acreditación bloquea el ingreso a faena, y eso normalmente cuesta más que el equipo.

Ante un accidente. Es el escenario que importa. Sin certificado ni resolución, la empresa no puede demostrar que el equipo entregado era el adecuado al riesgo, que es exactamente lo que se discute en una demanda por responsabilidad del empleador. La entrega efectiva sin respaldo documental es muy difícil de probar después.

Qué hacer

  1. Levantar el inventario de EPP en uso por modelo, no por categoría ni por marca.
  2. Clasificar cada modelo según la vía que le corresponde: certificado nacional si cae en una de las seis familias con entidad autorizada, RFI en el resto.
  3. Pedir a cada proveedor el Certificado de Conformidad o la resolución de incorporación al RFI del modelo exacto, por escrito.
  4. Contrastar cada documento contra la nómina de entidades autorizadas y el buscador de EPP registrados del ISP, y anotar la fecha de verificación.
  5. Exigir el folleto informativo en español y archivarlo junto al certificado y a los antecedentes de compra.
  6. Incorporar la verificación al procedimiento de recepción, para que el control ocurra antes de que el equipo llegue a la bodega y no después de un hallazgo.

En Tplus Industrial mantenemos la documentación de certificación y de registro RFI por modelo de los equipos que distribuimos. Si necesita revisar el respaldo de su programa de EPP o levantar las brechas antes de una auditoría de mandante, escríbanos a contacto@tplusindustrial.cl o solicite una cotización indicando los modelos en uso.

Preguntas frecuentes

¿El ISP certifica los elementos de protección personal?

No. El ISP autoriza, controla y fiscaliza a las instituciones, laboratorios y establecimientos que prestan el servicio de certificación, tal como lo establece el artículo 3 del DS 18 de 1982. Quien emite el Certificado de Conformidad es la entidad autorizada, no el ISP. Lo que sí emite directamente el ISP es la resolución de incorporación al Registro de Fabricantes e Importadores.

¿Qué es el RFI y cuándo reemplaza a la certificación nacional?

El Registro de Fabricantes e Importadores de EPP es el mecanismo del ISP que valida en Chile la certificación obtenida en el extranjero, y aplica cuando en el país no existe una entidad autorizada para certificar ese EPP en particular. Su base legal está en el artículo 54 del DS 594. La incorporación se otorga por resolución del ISP con vigencia de tres años renovables, según la Resolución Exenta 45 de 2023.

¿Un casco con marcado ANSI o CE cumple en Chile sin más trámite?

No por sí solo. El marcado extranjero acredita el ensayo del producto bajo esa norma, pero la exigencia chilena es distinta: el equipo debe contar con Certificado de Conformidad de una entidad autorizada por el ISP o con resolución vigente de incorporación al RFI. Para cascos existe entidad autorizada en Chile, así que corresponde la certificación nacional bajo NCh 461.

¿Qué documentos debo exigirle al proveedor al recibir un EPP?

La guía del ISP aprobada por Resolución Exenta 666 de 2025 indica verificar, en la recepción, el marcado del producto, el Certificado de Conformidad de una entidad autorizada o la resolución de incorporación al RFI cuando corresponda, y el folleto informativo en español. A eso se suman los antecedentes de compra, que son los que permiten la trazabilidad.

¿Qué pasa si se usa un EPP sin certificación ni registro en el ISP?

El artículo 13 del DS 44 exige que los elementos de protección personal cumplan las normas vigentes de certificación de calidad o se encuentren registrados en el ISP. Un equipo que no cumple ninguna de las dos condiciones no acredita el estándar del DS 594 ante la SEREMI de Salud ni ante la Dirección del Trabajo, y ante un accidente deja a la empresa sin evidencia de haber entregado equipo adecuado.

¿Cada cuánto hay que revisar la vigencia del certificado o del registro?

Conviene revisarlo en cada compra y no solo al homologar al proveedor. Las resoluciones del RFI tienen plazo de tres años renovable, las autorizaciones de las entidades certificadoras se actualizan por resolución del ISP, y un cambio de modelo del fabricante deja sin cobertura al documento anterior aunque la marca y el nombre comercial sigan siendo los mismos.

Fuentes consultadas

Documentos oficiales y normas técnicas que respaldan lo que dice este artículo.

  1. Decreto 18 de 1982: Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionalesMinisterio de Salud · Biblioteca del Congreso Nacional · 1982
  2. DS 594: Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo (artículo 54)Ministerio de Salud · Biblioteca del Congreso Nacional · 2015
  3. DS 44: Reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales (artículo 13)Ministerio del Trabajo y Previsión Social · Biblioteca del Congreso Nacional · 2024
  4. Nómina de instituciones, laboratorios y establecimientos autorizados para certificar la calidad de EPPInstituto de Salud Pública de Chile (ISP) · 2026
  5. Res. Ex. 666/2025: Guía para la gestión de los elementos de protección personal en entidades empleadorasInstituto de Salud Pública de Chile · Departamento Salud Ocupacional · 2025
  6. Registro de elementos de protección personal (RFI)ChileAtiende · Instituto de Salud Pública de Chile · 2026

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Este artículo fue preparado por el equipo técnico de Tplus Industrial. Si necesitas asesoría personalizada o una cotización, estamos a un click.

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